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¿Cómo se valoran los daños sufridos en los muebles durante una mudanza?

Una mudanza conlleva una serie de riesgos para nuestros enseres. Precisamente por ello, ¿sabemos a quién reclamar si sufren algún daño?

26 ago 2016 en Aspectos legales - Lectura: min.

mudanzas

Uno de nuestros mayores temores cuando organizamos una mudanza es que nuestros enseres sufran daños. A pesar del cuidado y la profesionalidad de sus trabajadores, hay ocasiones en las que los accidentes suceden. Por ello es importante saber qué hacer en estos casos y a quién debemos recurrir.

Cuando realizamos una mudanza lo normal es que las empresas de mudanzas traten con mimo nuestras pertenencias y estas lleguen a su destino en perfecto estado. La profesionalidad y seriedad con la que trabajan en el sector son el mejor aval. Pero hay ocasiones en las que, a pesar del empeño puesto por los trabajadores, algún mueble u objeto resulta dañado. Qué duda cabe de que ese riesgo es aún mayor cuanto menos garantía tenga la empresa contratada. Por ello, no todo vale a la hora de contratar un servicio de mudanzas.

Ante todo, debemos exigir la contratación de un seguro para la mudanza. De hecho, las empresas de mudanzas tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil que será el que cubra cualquier desperfecto que desvirtúe el valor o el uso de nuestros enseres. Por tanto, debemos huir de aquellas empresas que no ofrecen este seguro que exige la ley.

Además del mismo, es menester contratar un seguro de transportes y, si trasladamos enseres de valor u obras de arte, un seguro específico que garantice su resolución en caso de daño, depreciación, rotura de cristales o marcos, etc.

¿Qué hacer cuando un objeto ha sufrido un daño?

Si alguno de nuestros enseres ha sido dañado tendremos que contactar con la empresa que ha gestionado nuestra mudanza. Habrá que presentar una reclamación, en el plazo de 24 horas, donde conste el deterioro que ha sufrido nuestro objeto. Dicha reclamación podremos presentarla por email y fax.

Si el objeto no ha sido embalado y el desperfecto está a la vista, tendremos que comunicárselo a los trabajadores en el mismo instante en el que se desarrolla la mudanza, para que ellos tomen nota de la reclamación.

¿A quién recurrimos si la empresa no se hace cargo del daño?

Si la empresa, aun siendo responsable del daño ocasionado, no responde a la reclamación, podremos recurrir a otras vías. En este caso, tendremos que acudir a las Juntas Arbitrales de Transporte, dependientes del Ministerio de Fomento y presentes en todas las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de las reclamaciones vinculadas al transporte terrestre, entre ellas las de las mudanzas. Serán dichas Juntas Arbitrales las que estudien nuestro caso, siempre y cuando el importe de la reclamación no exceda de los 15000 euros y ninguna de las partes exprese su rechazo.

La presentación de la reclamación es gratuita. Si el importe a reclamar no supera los 6000 euros, las Juntas Arbitrales están obligadas a resolver cualquier documento presentado cuya reclamación derive de un contrato.

Puedes saber qué Juntas Arbitrales te corresponden haciendo clic aquí.

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